El Delegated Act de ESRS simplificados ya tiene calendario. ¿Y tú?

AO Alba Ortiz · · 5 min lectura
El Delegated Act de ESRS simplificados ya tiene calendario. ¿Y tú?

Photo by Armand Khoury on Unsplash

Si estabas esperando a que la Comisión Europea concretara el cuándo, ya lo ha hecho. El Delegated Act que adopta los ESRS simplificados se aprobará antes de Q4 de 2026. La ventana para prepararse se está cerrando más rápido de lo que parece.

Qué ha pasado exactamente

En diciembre de 2025, EFRAG entregó a la Comisión Europea su consejo técnico con los ESRS simplificados. Esos estándares reducen un 61% los datapoints respecto a los ESRS originales, reorganizan la materialidad y eliminan requisitos que el mercado había señalado como desproporcionados.

La Comisión confirmó que adoptará el Delegated Act antes del cuarto trimestre de 2026. Tras la adopción, se abre un periodo de escrutinio de dos más dos meses (Parlamento y Consejo). Si nadie objeta, los nuevos estándares entran en vigor automáticamente, previsiblemente entre finales de 2026 y principios de 2027.

La aplicación obligatoria será para el ejercicio financiero 2027. Pero hay un matiz relevante: las empresas que quieran podrán aplicarlos voluntariamente desde el ejercicio 2026.

Qué significa esto para tu empresa

Depende de en qué ola estés y de si sigues en el scope después de Omnibus I.

Si estás en Wave 1 (grandes empresas de interés público, >500 empleados, ya reportando): sigues reportando con los ESRS actuales para FY2025 y FY2026. La “quick fix” del Delegated Act de julio de 2025 te da alivio transitorio: puedes omitir E4 Biodiversidad, S2 Trabajadores en la cadena de valor, S3 Comunidades afectadas y S4 Consumidores, incluso si son materiales. Pero para FY2027, reportarás con los ESRS simplificados.

Si estás en Wave 2 (grandes empresas, >1.000 empleados + >€450M facturación post-Omnibus I): tu primer año de reporte obligatorio es FY2027. Y lo harás directamente con los ESRS simplificados. La buena noticia es que empiezas con estándares más ligeros. La mala es que tienes poco más de un año para prepararte.

Si has quedado fuera del scope (la mayoría Omnibus I redujo las empresas afectadas de ~50.000 a ~5.000): la regulación no te obliga, pero tu cadena de valor sí. Tus clientes que sí reportan bajo CSRD necesitan datos de alcance 3 de sus proveedores. Tú eres su cadena de suministro. Que la ley no te obligue a reportar no significa que tu cliente no te lo vaya a exigir. Y si no se lo das tú, se lo dará tu competencia.

Los bancos están en la misma dinámica. Las entidades financieras sujetas al Reglamento de Taxonomía y a los requisitos de Pilar III necesitan datos ESG de las empresas a las que prestan. No porque quieran, sino porque les toca. Si solicitas financiación y no puedes demostrar que gestionas tus riesgos climáticos, el coste del crédito sube. O directamente no lo consigues.

Y luego están los fondos de inversión. Los mandatos ESG siguen activos. Las gestoras necesitan información comparable y fiable para justificar sus decisiones de inversión ante sus propios reguladores. Que tu empresa no esté obligada a reportar no la hace invisible para el mercado de capitales.

El calendario que importa

Estas son las fechas que deberías tener marcadas:

Junio 2026: formalización del estándar VSME como referencia para empresas fuera de scope CSRD.

Julio 2026: registro ESMA para proveedores de ESG Ratings bajo el nuevo Reglamento europeo. Italia ya ha delegado en su gobierno la alineación con este reglamento señal de que va en serio.

Q3-Q4 2026: adopción del Delegated Act de ESRS simplificados por la Comisión + inicio del periodo de escrutinio.

Agosto 2026: entrada en aplicación del Reglamento de Envases (PPWR).

Q4 2026 – Q1 2027: entrada en vigor de los ESRS simplificados.

FY2027: primer año de aplicación obligatoria de los nuevos estándares.

Lo que no puedes hacer: esperar al Delegated Act para ordenar tus datos

Este es el error que vemos con más frecuencia. Empresas que dicen “cuando se publiquen los ESRS definitivos, ya nos pondremos.” El problema es que la recogida de datos no se improvisa.

Si tu primer año de reporte obligatorio es FY2027, necesitas que tus datos de enero a diciembre de 2027 sean consistentes, comparables y trazables. Eso significa que el sistema de recogida tiene que estar funcionando antes de que empiece el ejercicio, no cuando se acabe.

Los datapoints se han reducido, sí. Pero la estructura de materialidad doble sigue ahí. La necesidad de trazabilidad sigue ahí. Y la assurance que ya está en fase de definición va a exigir que los datos tengan un origen auditable.

En otras palabras: que haya menos preguntas no significa que las respuestas puedan ser peores.

Qué hacer ahora

Si estás en scope (Wave 1 o Wave 2):

Revisa tu evaluación de doble materialidad con la lente de proporcionalidad que traen los ESRS simplificados. EFRAG ha añadido flexibilidad para hacer el assessment top-down o bottom-up. Identifica los datapoints que desaparecen y los que se mantienen. Empieza a recoger datos de FY2026 como si ya aplicaras los nuevos estándares si puedes, adopta voluntariamente.

Si estás fuera de scope pero dentro del mercado:

Mapea lo que te piden tus clientes y tus financiadores. Prepara un pack VSME+ (un baseline VSME ampliado con los KPIs que más te piden). No necesitas hacer un reporte CSRD completo, pero necesitas tener datos listos cuando te los pidan. Y te los van a pedir.

España, en su propio timeline

Un apunte sobre el contexto español. La LEIS la transposición de CSRD a ley nacional lleva en el Parlamento desde noviembre de 2024. El periodo de enmiendas se amplió hasta febrero de 2026. Desde entonces, no hay movimiento visible. La Comisión Europea tiene abiertos procedimientos de infracción contra España y otros siete países por no transponer a tiempo.

Mientras tanto, el RD 214/2025 sigue siendo la obligación operativa para las empresas españolas: huella de carbono obligatoria con datos de 2025, plan de reducción a cinco años, publicación en 2026.

El vacío legislativo de la LEIS no es excusa para no actuar. Es, de hecho, una razón más para tener los datos en orden: cuando la transposición llegue, las empresas que ya tengan su reporting montado simplemente ajustarán el formato. Las que no, empezarán de cero con el reloj corriendo.

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