Qué es la Ley de Movilidad Sostenible
La Ley de Movilidad Sostenible (Ley 9/2025) es la primera norma estatal que ordena de forma integral la movilidad en España. Publicada en el BOE a comienzos de diciembre de 2025 y en vigor desde ese mismo mes, establece el marco para transformar el sistema de transporte hacia uno más accesible, limpio, eficiente e innovador.
Su objeto es reconocer la movilidad como un derecho de la ciudadanía y reorientar el sistema hacia un modelo multimodal, sostenible e inclusivo. No es una ley de un solo aspecto: aborda la movilidad como un sistema completo, desde la financiación del transporte público hasta la digitalización del dato, las zonas de bajas emisiones y las obligaciones de empresas y administraciones. Para las empresas, el efecto más directo llega con una nueva obligación cuyo plazo se ha adelantado al 5 de diciembre de 2026 por el Real Decreto-ley 7/2026.
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Descargar la guíaEn qué consiste la movilidad sostenible
La movilidad sostenible es un modelo de desplazamientos que busca reducir el impacto ambiental, mejorar la seguridad y garantizar el acceso de todas las personas al transporte. En lugar de depender del vehículo privado individual, prioriza una jerarquía clara de modos: primero caminar y la bicicleta, después el transporte público y colectivo, luego la movilidad compartida y, en último lugar, el vehículo privado.
La Ley 9/2025 traslada esta jerarquía a la práctica: obliga a planificar la movilidad con datos, a fijar objetivos de reducción de emisiones y a impulsar los modos más limpios tanto en las ciudades como en los desplazamientos al trabajo.
Qué regula la Ley 9/2025
Es una ley de sistema, organizada en torno a varios ejes que afectan a administraciones, operadores y empresas:
- Movilidad como derecho. Reconoce la movilidad como servicio de interés general, con criterios de accesibilidad, equidad territorial y cohesión social.
- Gobernanza y coordinación. Ordena el reparto de competencias entre Estado, comunidades autónomas y entidades locales, y crea instrumentos para planificar la movilidad de forma coherente.
- Financiación del transporte. Busca un marco de financiación más estable y previsible para el transporte público y colectivo.
- Digitalización y dato. Impulsa la interoperabilidad de los datos de movilidad, con el Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM) como registro de referencia.
- Zonas de bajas emisiones. Se apoya en las zonas de bajas emisiones de los grandes municipios para reducir el tráfico más contaminante.
- Movilidad al trabajo. Introduce la obligación empresarial del plan de movilidad sostenible al trabajo en los centros que superen ciertos umbrales.
- Movilidad segura y saludable. Prioriza los modos activos, las bajas emisiones y la seguridad vial.
El decreto de movilidad sostenible: el RDL 7/2026
Además de la ley, hay que tener presente el Real Decreto-ley 7/2026, de marzo de 2026. Este decreto es clave porque modificó el calendario: redujo de 24 a 12 meses el plazo de adaptación de las empresas, adelantando la fecha límite del plan del 5 de diciembre de 2027 al 5 de diciembre de 2026. En la práctica, muchas empresas que esperaban se han quedado con la mitad de tiempo. El decreto también vincula ciertas ayudas públicas al cumplimiento: las empresas que las reciban podrían tener que devolverlas si no disponen de su plan en plazo.
A quién obliga la Ley de Movilidad Sostenible
La ley reparte responsabilidades entre administraciones, operadores de transporte, empresas y ciudadanía. La obligación empresarial más directa alcanza a:
- Centros de trabajo con 200 o más personas trabajadoras, o 100 o más por turno cuando sea su centro habitual.
- Administraciones y entidades del sector público, también como empleadoras.
- Grandes centros de actividad (parques empresariales, centros logísticos, hospitales y comerciales con grandes flujos).
- Centros situados en municipios con Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) o en zonas de bajas emisiones.
- Empresas con flotas propias o con actividad logística relevante.
- Entidades locales de entre 20.000 y 50.000 habitantes, con planes simplificados.
La obligación se mide por centro de trabajo, no por empresa, así que una compañía con varias sedes debe evaluar cada una por separado. Además, las comunidades autónomas pueden ajustar los umbrales según sus características locales.
La obligación del plan de movilidad al trabajo
El punto de la ley que obliga a actuar a miles de empresas es la elaboración de un plan de movilidad sostenible al trabajo: un documento con un diagnóstico de cómo se desplaza la plantilla y medidas concretas para hacer esos desplazamientos más sostenibles y seguros. Debe negociarse con la representación de los trabajadores e inscribirse en el EDIM, con seguimiento periódico.
Como el detalle práctico daría para un artículo entero, lo hemos desarrollado aparte. Si necesitas saber quién está obligado exactamente, qué debe incluir el diagnóstico y cómo elaborarlo paso a paso, consulta nuestra guía completa:
Plazos y calendario
El RDL 7/2026 dejó el calendario así:
| Fecha | Hito |
|---|---|
| Diciembre 2025 | Entrada en vigor de la Ley 9/2025. |
| Marzo 2026 | El RDL 7/2026 acorta el plazo del plan a 12 meses. |
| 5 de diciembre de 2026 | Fecha límite: plan aprobado e inscrito en el EDIM. |
| Diciembre 2028 | Primer informe de seguimiento bienal. |
Sanciones por incumplimiento
Las multas pueden parecer moderadas, pero el riesgo real está en la devolución de ayudas públicas y el daño reputacional, especialmente en sectores regulados o con financiación pública.
| Tipo | Importe | Motivo |
|---|---|---|
| Leve | 101 a 2.000 € | No tener el plan en plazo o no presentar los informes de seguimiento. |
| Grave | 2.001 a 6.000 € | Aportar datos falsos al EDIM o incumplir de forma reiterada. |
A esto se suma la posible pérdida o devolución de subvenciones y las inspecciones de trabajo.
Relación con otras normas y con el reporting ESG
La Ley de Movilidad Sostenible no vive aislada. Complementa a la Ley 7/2021 de Cambio Climático, que ya introdujo instrumentos como las zonas de bajas emisiones en los grandes municipios. Ambas comparten el objetivo de descarbonizar el transporte.
También conecta con el reporting de sostenibilidad. Los desplazamientos de empleados son la Categoría 7 del Alcance 3 del GHG Protocol, así que las empresas que ya reportan su huella de carbono recogen esos datos de movilidad. La misma encuesta puede alimentar el diagnóstico del plan y los cálculos de Alcance 3: un solo proceso, doble cumplimiento. Si quieres ver cómo funciona en la práctica, puedes solicitar una demo.
Preguntas frecuentes (FAQs)
¿En qué consiste la movilidad sostenible?
La movilidad sostenible es un modelo de desplazamientos que reduce el impacto ambiental y mejora la seguridad y el acceso al transporte. Prioriza una jerarquía de modos: caminar y la bicicleta primero, después el transporte público y colectivo, luego la movilidad compartida y, por último, el vehículo privado individual.
¿Cuándo entra en vigor la nueva Ley de Movilidad Sostenible?
La Ley 9/2025 se publicó en el BOE en diciembre de 2025 y entró en vigor ese mismo mes. Para las empresas, el plazo de elaboración del plan se adelantó al 5 de diciembre de 2026 por el Real Decreto-ley 7/2026, que redujo el periodo de adaptación de 24 a 12 meses.
¿Qué es el decreto de Movilidad Sostenible?
Es el Real Decreto-ley 7/2026, de marzo de 2026. Modificó el calendario de la Ley 9/2025 y redujo de 24 a 12 meses el plazo para que las empresas obligadas elaboren e implanten su plan, adelantando la fecha límite al 5 de diciembre de 2026. También vincula ciertas ayudas públicas al cumplimiento del plan.
¿Qué empresas están obligadas a tener un plan de movilidad sostenible?
Están obligados los centros de trabajo con 200 o más personas trabajadoras, o 100 o más por turno, además de las administraciones públicas. La obligación también alcanza a grandes centros de actividad, a centros en zonas de bajas emisiones o municipios con PMUS, y a empresas con flotas o logística relevante. Se mide por centro, no por empresa. Puedes ver el detalle en la guía del plan de movilidad sostenible al trabajo.
¿Qué diferencia hay entre la Ley de Movilidad Sostenible y el plan de movilidad sostenible?
La ley es la norma general (Ley 9/2025) que fija el marco. El plan de movilidad sostenible al trabajo es el documento concreto que cada empresa obligada debe elaborar para cumplirla. La ley marca el qué; el plan es el cómo.
¿Qué sanciones prevé la ley?
El incumplimiento conlleva multas de 101 a 2.000 euros (leves) y de 2.001 a 6.000 euros (graves, como aportar datos falsos al EDIM). Además, las empresas beneficiarias de determinadas subvenciones se exponen a su devolución íntegra.
¿Qué es el EDIM?
El EDIM (Espacio de Datos Integrado de Movilidad) es el registro oficial donde las empresas deben inscribir su plan una vez aprobado, y una pieza clave de la digitalización de la movilidad que impulsa la ley.