CSRD en España 2026: guía práctica para empresas

Cristina Alcalá-Zamora avatar Cristina Alcalá-Zamora · · 10 min lectura
CSRD en España 2026: guía práctica para empresas

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Las empresas españolas ya generan gran parte de los datos ambientales que pueden necesitar para la CSRD: consumos energéticos, combustibles, emisiones, agua, residuos, materiales y evidencias de proveedores. El reto en 2026 no es crear otro informe aislado, sino determinar qué obligación aplica y estructurar esos datos para reutilizarlos en costes, operaciones, auditoría y reporting.

La situación ha cambiado de forma sustancial. La Directiva (UE) 2026/470, conocida como Ómnibus I, reduce el alcance general de la CSRD a empresas que superen simultáneamente 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación neta. Además, la Comisión adoptó unos ESRS simplificados el 3 de julio de 2026, con más de un 60 % menos de puntos de datos obligatorios.

En España existe una dificultad adicional. Según el estado de transposición publicado por la Comisión Europea el 7 de agosto de 2026, España todavía no había comunicado medidas de transposición de la CSRD. Por tanto, una empresa no debe asumir que el texto europeo original o el nuevo alcance Ómnibus se han incorporado ya íntegramente al ordenamiento español.

Esta guía explica qué hacer ahora sin confundir la CSRD con las obligaciones nacionales vigentes.

Qué significa cumplir con la CSRD en España en 2026

En España conviven tres planos que deben analizarse por separado:

  1. La normativa española vigente, incluida la Ley 11/2018 y las obligaciones relacionadas con el Estado de Información No Financiera (EINF).
  2. La evolución de la CSRD en la Unión Europea, modificada por la Directiva (UE) 2026/470.
  3. Los requisitos de grupo, auditoría, financiación o clientes, que pueden exigir información aunque una sociedad individual quede fuera del alcance legal.

La consecuencia práctica es clara: antes de iniciar un proyecto de reporting hay que identificar la base jurídica y el uso empresarial de cada dato. Estar fuera del nuevo alcance CSRD no elimina automáticamente el EINF, las obligaciones españolas sobre huella de carbono ni las solicitudes de una matriz europea.

El Real Decreto 214/2025, por ejemplo, conecta la obligación de calcular la huella de carbono con las empresas sujetas a información no financiera en España. En 2026 también comienza la inscripción anual obligatoria en el registro estatal para las empresas afectadas. Este requisito no debe confundirse con la CSRD.

Paso 1: confirmar el alcance real de la empresa

El primer paso ya no consiste en aplicar los antiguos criterios de 250 empleados, 40 millones de euros de facturación o 20 millones de euros de activos.

Para el alcance general revisado de la CSRD deben comprobarse conjuntamente:

  • Más de 1.000 empleados de media durante el ejercicio.
  • Más de 450 millones de euros de facturación neta.

También deben revisarse la estructura del grupo, las filiales europeas, la sociedad dominante y las reglas aplicables a empresas de terceros países. El análisis debe hacerse por entidad y a nivel consolidado cuando corresponda.

Para una empresa española, esta revisión debe incluir cuatro preguntas:

  1. ¿Sigue dentro del nuevo alcance europeo?
  2. ¿Está obligada a elaborar EINF bajo la Ley 11/2018?
  3. ¿Debe aportar datos a la matriz o a otra sociedad del grupo?
  4. ¿Tiene obligaciones adicionales de huella de carbono, financiación o contratación?

Documentar la respuesta evita dos errores costosos: mantener un proyecto ESRS completo sin necesidad o detener toda la gestión de datos cuando siguen existiendo otras obligaciones.

Paso 2: actualizar la doble materialidad

La doble materialidad sigue siendo el punto de partida para las empresas que permanezcan en el alcance de la CSRD. Debe analizar dos perspectivas:

  • Materialidad de impacto: cómo afecta la actividad de la empresa a las personas y al medio ambiente.
  • Materialidad financiera: cómo los asuntos ambientales y sociales pueden afectar a resultados, activos, financiación y continuidad operativa.

La simplificación de los ESRS no elimina este principio. Sí busca reducir evaluaciones excesivamente mecánicas y concentrar el trabajo en información realmente material.

Las empresas españolas que ya hayan realizado el ejercicio no deberían empezar desde cero. Conviene revisar cambios en perímetro, actividad, proveedores, riesgos y expectativas de los grupos de interés. Después deben conservarse la metodología, los criterios de puntuación, las fuentes consultadas y la aprobación de los órganos responsables.

Puedes consultar la metodología en la guía de doble materialidad.

Paso 3: depurar el mapa de datos ESRS

La Comisión adoptó los ESRS revisados el 3 de julio de 2026. Reducen los puntos de datos obligatorios en más de un 60 % y el total en más de un 70 %. Los actos delegados quedaron sometidos al periodo de control del Parlamento Europeo y del Consejo antes de su publicación y entrada en vigor.

Por eso no conviene seguir trabajando con una matriz basada únicamente en los ESRS de 2023. La empresa debe comparar su inventario actual con el texto definitivo aplicable a su ejercicio y retirar tareas que ya no aporten valor ni respondan a otra obligación.

El mapa actualizado debería indicar:

  • Tema y punto de datos material.
  • Sociedad, centro o instalación a la que corresponde.
  • Sistema de origen y persona responsable.
  • Periodicidad y unidad de medida.
  • Metodología, estimaciones y factores utilizados.
  • Evidencia disponible para revisión.
  • Otros usos del dato, como costes, EINF, huella de carbono o cuestionarios de clientes.

Este último campo es importante. Un consumo eléctrico puede alimentar simultáneamente el cálculo de emisiones de Alcance 2, el análisis de costes energéticos, el EINF y una divulgación ESRS. No tiene sentido recopilarlo cuatro veces.

Paso 4: conectar finanzas, operaciones y responsables de datos

La CSRD no puede depender únicamente del equipo de sostenibilidad. En empresas españolas, los datos suelen estar repartidos entre finanzas, compras, recursos humanos, operaciones, mantenimiento, logística y proveedores.

Cada dato material necesita un propietario, una fuente y un control. Por ejemplo:

  • Finanzas valida facturas, costes y perímetros contables.
  • Operaciones controla consumos, producción y residuos.
  • Compras gestiona evidencias y solicitudes a proveedores.
  • Recursos humanos aporta datos de plantilla y políticas laborales.
  • El equipo legal interpreta la obligación aplicable.
  • Auditoría interna o externa revisa la trazabilidad.

Una plataforma de datos permite conectar esas fuentes sin reconstruir el mismo conjunto de información para cada salida. Dcycle centraliza la recopilación de datos y conserva la evidencia desde el origen hasta el informe.

Paso 5: preparar la verificación sin asumir requisitos derogados

El aseguramiento limitado sigue siendo la referencia de la CSRD. La Directiva (UE) 2026/470 eliminó la obligación de que la Comisión desarrollara posteriormente estándares de aseguramiento razonable.

Esto reduce el riesgo de un aumento automático del coste de auditoría, pero no elimina la necesidad de controles. Para cada dato material deben poder demostrarse el origen, el periodo, el perímetro, la metodología, las transformaciones realizadas y la aprobación interna.

En España, el alcance concreto de la verificación y los profesionales habilitados dependerán también de la norma nacional de transposición. Hasta que esa normativa esté cerrada, es prudente coordinarse con el auditor sin presentar como definitivos requisitos que todavía no lo son.

La preparación debe concentrarse en evidencias reutilizables, no en generar documentos adicionales solo para la auditoría.

Paso 6: preparar el informe de gestión y el formato digital

La CSRD integra la información de sostenibilidad en el informe de gestión. También prevé un formato electrónico y etiquetado digital conforme a la taxonomía aplicable.

Sin embargo, una empresa española no debe afirmar que ya tiene una obligación nacional cerrada de depositar un informe CSRD etiquetado en XBRL para 2026 sin revisar la transposición, el ejercicio afectado y la disponibilidad de la taxonomía correspondiente.

Lo útil ahora es estructurar el contenido para que pueda etiquetarse posteriormente:

  1. Mantener una relación clara entre divulgaciones, métricas y evidencias.
  2. Evitar tablas manuales que pierdan el vínculo con el dato original.
  3. Preparar el informe de gestión con una arquitectura compatible con los ESRS.
  4. Confirmar con asesor legal y auditor el formato exigible en España para el ejercicio concreto.

Así se evita pagar dos veces por la misma transformación cuando se publiquen o incorporen los requisitos finales.

Calendario práctico desde septiembre de 2026

El calendario debe partir de la situación actual, no de tareas de T1 que ya han vencido.

Septiembre y octubre de 2026

Confirmar el alcance por entidad y grupo. Separar CSRD, EINF, huella de carbono y peticiones contractuales. Revisar la doble materialidad y eliminar puntos de datos que ya no sean necesarios.

Octubre y noviembre de 2026

Cerrar responsables, fuentes y controles. Priorizar brechas en datos materiales y cadena de valor. Alinear con el auditor qué evidencias serán revisadas.

Diciembre de 2026 y cierre del ejercicio

Comprobar perímetros, unidades, estimaciones y conciliaciones con información financiera. Congelar metodologías y dejar documentados los cambios respecto al periodo anterior.

Preparación del informe de 2027

Aplicar los ESRS revisados al ejercicio correspondiente cuando hayan entrado en vigor y confirmar las reglas nacionales de presentación, verificación y depósito.

Conclusiones específicas para el mercado español

Empresas que siguen dentro de la CSRD

Deben continuar la preparación, pero con el alcance Ómnibus y los ESRS simplificados. La prioridad es reducir trabajo innecesario sin perder trazabilidad en los datos materiales.

Empresas que salen del alcance europeo

No deben desmantelar automáticamente sus procesos. Primero tienen que comprobar si siguen sujetas al EINF, al Real Decreto 214/2025, a requisitos de grupo o a solicitudes de clientes y financiación. La mejor opción suele ser reducir el marco de reporting y conservar una base de datos ambientales reutilizable.

Empresas españolas pertenecientes a grupos internacionales

La obligación puede venir del perímetro consolidado aunque la filial no supere individualmente los umbrales. Es esencial acordar un diccionario común de datos, periodos y evidencias con la matriz para evitar peticiones duplicadas.

Proveedores y empresas medianas

El estándar voluntario y el límite de información de la cadena de valor pueden ofrecer una respuesta proporcionada a solicitudes CSRD. Eso no impide que un cliente pida otros datos por motivos contractuales, de compras o financiación. Cada petición debe clasificarse por su fundamento.

Errores que deben evitarse en España

  • Aplicar los umbrales antiguos después del Ómnibus I.
  • Dar por transpuesta la CSRD cuando España aún no ha comunicado la transposición completa.
  • Confundir quedar fuera de la CSRD con quedar fuera del EINF o de la obligación de huella de carbono.
  • Mantener los más de mil puntos de datos del marco anterior sin revisar materialidad y ESRS simplificados.
  • Prometer una presentación XBRL concreta sin confirmar el requisito nacional aplicable.
  • Tratar cada informe, cuestionario y auditoría como un proyecto de datos distinto.

Cómo ayuda Dcycle a reducir trabajo y coste

Dcycle es una plataforma de datos ambientales. La empresa conecta información que ya existe en facturas, ERP, hojas de cálculo, sistemas operativos y proveedores, y la estructura una sola vez.

Esa misma base puede utilizarse para CSRD, EINF, huella de carbono, auditoría, solicitudes de clientes, análisis de costes y decisiones operativas. Si cambia el alcance regulatorio, cambia la salida, no hay que reconstruir toda la arquitectura de datos.

Para grupos con varias sociedades españolas o europeas, Dcycle también permite controlar perímetros, responsables y evidencias por entidad. Esto reduce duplicidades y ayuda a que finanzas, operaciones, auditores y equipos de reporting trabajen con la misma información.

Si quieres revisar cómo aplicar este enfoque a tu empresa, solicita una demo.

Preguntas frecuentes (FAQs)

¿Qué empresas quedan dentro de la CSRD tras el Ómnibus I?

El alcance general revisado exige superar simultáneamente 1.000 empleados de media y 450 millones de euros de facturación neta. También deben analizarse las reglas de grupo y de terceros países.

¿La CSRD ya está transpuesta completamente en España?

No según el estado publicado por la Comisión Europea el 7 de agosto de 2026. España figuraba entre los Estados que no habían comunicado medidas de transposición. Debe comprobarse cualquier cambio posterior antes de cerrar el análisis legal.

Si una empresa sale de la CSRD, ¿deja de presentar el EINF?

No necesariamente. La obligación española del EINF y otras normas nacionales deben analizarse por separado mientras se completa la adaptación legislativa.

¿Sigue siendo obligatoria la doble materialidad?

Sí para las empresas que permanezcan en el alcance de la CSRD. Los ESRS simplificados reducen puntos de datos, pero mantienen la doble materialidad como base para determinar la información relevante.

¿Hay que presentar obligatoriamente un informe XBRL en España en 2026?

No debe asumirse sin revisar la transposición nacional, el ejercicio afectado y la taxonomía digital aplicable. Conviene estructurar ya la información para facilitar el etiquetado cuando el requisito sea exigible.

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