Sin doble materialidad
El VS no exige el análisis de doble materialidad que pesa sobre las grandes empresas bajo ESRS. Es la diferencia entre un proyecto de meses y un ejercicio de semanas.
El VSME ahora es VS. Dejó de ser una recomendación y pasó a ser un reglamento delegado. Lo que ha cambiado no es cuánto tienes que reportar: es quién decide dónde está el límite. ¿Te ha llegado ya el primer cuestionario ESG y no sabes qué contestar?
Voluntario en el papel, esperado en el mercado
El VSME (Voluntary SME standard, o Estándar Voluntario) es el estándar europeo de información de sostenibilidad para empresas no cotizadas. Simplifica el reporting ESG en un formato común, proporcionado y alineado con las normas europeas, para que respondas de una sola vez a las peticiones de datos de tus clientes, tu banco y tus inversores. Tras el reglamento delegado del 3 de julio de 2026, pasa a llamarse VS (Estándar Voluntario).
Un estándar europeo voluntario de sostenibilidad, simple y modular, desarrollado a partir del trabajo técnico de EFRAG.
Empresas no cotizadas de hasta 1.000 empleados. Reportar es voluntario; el estándar es tu formato de referencia.
Un Módulo Básico (B1–B11) con los indicadores clave y un Módulo Integral (C1–C9), con plantilla Excel y taxonomía XBRL.
Responder de forma uniforme a los cuestionarios ESG, mejorar tu acceso a financiación y posicionarte como proveedor fiable.
El VSME no solo ha cambiado de nombre. Ha cambiado de naturaleza jurídica: de una recomendación sin fuerza a un reglamento delegado, derecho europeo directamente aplicable.
| Antes · VSME | Ahora · VS | |
|---|---|---|
| Nombre | VSME | VS (Estándar Voluntario) |
| Naturaleza jurídica | Recomendación no vinculante | Reglamento delegado, derecho europeo |
| Referencia | Recomendación (UE) 2025/1710 · 30.07.2025 | C(2026) 5011 final · adoptado 03.07.2026 |
| A quién sirve | Pymes de menos de 250 empleados | No cotizadas de hasta 1.000 empleados |
| Transposición | No aplica | Ninguna: aplica directamente |
El estándar no funciona como un mínimo que debes alcanzar. Funciona como un máximo que no te pueden atravesar.
El techo no elimina la conversación con tu cliente: la reencuadra. Dejas de discutir cuántas preguntas contestas y empiezas a discutir sobre un modelo de datos común, definido por la Comisión, que tú controlas y preparas una sola vez al año.
El titular circulante es «el VS ya es ley desde el 3 de julio». Es casi cierto, y la diferencia importa si estás negociando con un cliente. El reglamento está adoptado, en periodo de escrutinio, y aún no publicado en el DOUE.
«El Estándar Voluntario está adoptado como reglamento delegado desde el 3 de julio de 2026 y se encuentra en periodo de escrutinio. El contenido está cerrado (Parlamento y Consejo no pueden enmendarlo) y se prevé su entrada en vigor tras la publicación en el DOUE.»
El derecho a no facilitar más información no nace del reglamento del VS: nace de Omnibus I, en vigor desde el 18 de marzo de 2026. El reglamento del 3 de julio solo fija qué datos caben debajo.
Directiva (UE) 2026/470. Reduce el ámbito de CSRD y crea el value chain cap.
Entra en vigor la directiva: derecho de las empresas de ≤1.000 empleados a limitar lo que facilitan.
Se adopta el reglamento delegado C(2026) 5011 final: el estándar pasa a ser derecho europeo.
Previsión de los análisis jurídicos para la entrada en vigor, sujeta al escrutinio.
Las grandes empresas rediseñan su recogida de datos en cadena de valor. Aquí se decide qué te van a pedir.
Aplicación para empresas en ámbito CSRD. Llega la oleada de solicitudes a proveedores.
| Tu situación | Qué implica | Qué haces con el VS |
|---|---|---|
| Más de 1.000 empleados Y más de 450 M€ | Sujeta a CSRD (los dos umbrales son acumulativos) | No aplicas el VS: aplicas las ESRS revisadas. El VS es lo que tú puedes pedir a tus proveedores |
| 1.000 empleados o menos (media del ejercicio) | Fuera del ámbito obligatorio. Protegida por el techo | Reportar es voluntario. El VS es tu formato de referencia y tu límite frente a clientes y bancos |
| Más de 1.000 empleados pero 450 M€ o menos | Fuera del ámbito: falta uno de los dos umbrales | Puedes reportar voluntariamente. Revisa tu posición respecto al techo, que se define por plantilla |
| Pyme cotizada | Omnibus I la retiró del ámbito obligatorio | El VS es la vía ordenada para atender a inversores y financiadores |
El mínimo y prerrequisito del Integral. Cubre la mayoría de peticiones de clientes corporativos y es el objetivo natural para microempresas.
Nueve desgloses adicionales, pensados para lo que suelen pedir bancos, inversores y grandes clientes por encima del Básico.
Numeración y títulos definitivos a contrastar con el anexo del reglamento delegado cuando se publique en el DOUE. Las áreas temáticas son estables; el etiquetado de algún desglose del Integral puede variar respecto a la versión de 2025.
El VS no exige el análisis de doble materialidad que pesa sobre las grandes empresas bajo ESRS. Es la diferencia entre un proyecto de meses y un ejercicio de semanas.
Cada desglose se reporta solo si es pertinente para tu actividad. Si omites uno del Módulo Integral, se entiende que no te aplica: no hace falta justificarlo.
El VS no impone aseguramiento por tercero. Tu cliente puede pedirlo por contrato, pero no se lo debes por norma.
El Módulo Básico está pensado para completarse sin departamento de sostenibilidad: la mayoría de los datos ya están en tus facturas y tus nóminas. Reúne el ejercicio completo más reciente.
Un techo sobrevalorado te mete en líos. Esto es lo que el techo no hace.
Es tu derecho a no facilitar información por encima del VS, no una prohibición de formular la pregunta. Seguirás recibiendo cuestionarios; puedes declinar la parte que excede el estándar, con fundamento jurídico.
Ni el VS ni el techo te imponen publicar nada. Pero si no facilitas ningún dato, tu cliente puede elegir otro proveedor. El techo protege el alcance, no el resultado comercial.
Si firmas un contrato o un código de proveedor que compromete información adicional, has dispuesto de tu propia protección. Revisa las cláusulas ESG antes de firmar, no después.
Diligencia debida, exigencias de tu banco, taxonomía, normativa de producto o licitación pública siguen su camino. El techo opera sobre las solicitudes derivadas del reporte de tu cliente.
Hay debate sobre la información sectorial crítica para grandes contratistas. Espera fricción en automoción, construcción, agroalimentario y energía.
Qué te van a pedir y cuándo. No esperes el cuestionario: la conversación de septiembre es mucho más barata que la de marzo, y te posiciona como el proveedor que va por delante.
Electricidad, combustible, residuos, plantilla, accidentabilidad, formación. Un único cierre anual, con las fuentes documentadas.
Si vas a repetirlo cada año y para varios clientes, hacerlo a mano es la opción cara, no la barata.
El VS es un ejercicio que se repite cada año y para varios clientes. Hacerlo a mano es la opción cara. El software de Dcycle recoge el dato una vez, desde tus facturas, nóminas y registros, y lo reutiliza en el formato del estándar para todos tus clientes y tu banco.
Tú sigues decidiendo qué reportas; el software te quita el tiempo de recopilar y cuadrar veinte cuestionarios. Entregar en la plantilla del estándar y en formato legible por máquina te convierte en el proveedor fácil del expediente. Y con reporting multimarco, el mismo dato alimenta VS, CSRD y el resto.
El VSME (Voluntary SME standard) es el estándar europeo de información de sostenibilidad para empresas no cotizadas. Tras el reglamento delegado de la Comisión del 3 de julio de 2026 (C(2026) 5011 final) pasa a llamarse VS (Estándar Voluntario) y a servir a todas las empresas no cotizadas de hasta 1.000 empleados, no solo a pymes de menos de 250. Dejó de ser una recomendación para convertirse en reglamento delegado: derecho europeo directamente aplicable, sin transposición nacional.
No. Publicar un informe VS sigue siendo voluntario para ti. Lo vinculante es la otra cara: el techo de la cadena de valor (value chain cap) que limita lo que te pueden pedir tus clientes sujetos a CSRD. Con 1.000 empleados o menos no estás obligado a facilitar información de sostenibilidad que vaya más allá de lo que recoge el VS.
Es el límite que la Directiva (UE) 2026/470 (Omnibus I) impone a lo que una gran empresa puede exigir a sus proveedores de ≤1.000 empleados. No funciona como un mínimo que debes alcanzar, sino como un máximo que no te pueden atravesar. El techo existe desde el 18 de marzo de 2026; el reglamento del 3 de julio fija exactamente qué datos caben debajo.
Casi. El reglamento delegado está adoptado desde el 3 de julio de 2026 y se encuentra en periodo de escrutinio del Parlamento Europeo y el Consejo, que disponen de dos meses prorrogables por otros dos. El contenido está cerrado (no pueden enmendarlo, solo rechazarlo en su totalidad) y se prevé su entrada en vigor tras la publicación en el DOUE. Al ser reglamento delegado, no requiere transposición nacional.
El VS no exige análisis de doble materialidad, se rige por el principio de «si aplica» y no impone verificación externa obligatoria. Es un ejercicio de recopilación de semanas, no un proyecto de consultoría de meses. Además es 100% compatible con las ESRS: el mismo modelo de datos que tu cliente necesita para su cadena de valor.
Dos. El Módulo Básico (B1–B11) es el punto de partida y cubre la mayoría de peticiones de clientes corporativos; es el objetivo natural para microempresas. El Módulo Integral (C1–C9) añade lo que suelen pedir bancos, inversores y grandes clientes. La numeración y los títulos definitivos se contrastan con el anexo del reglamento cuando se publique en el DOUE.
Para estar sujeto a CSRD hacen falta dos condiciones a la vez: más de 1.000 empleados y más de 450 M€ de cifra de negocios. Para estar protegido por el techo la referencia es solo la plantilla: una media de 1.000 empleados o menos. No mezcles los umbrales: es un error habitual que puede llevarte a aceptar peticiones que no estás obligado a atender.
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